Preguntas frecuentes

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Mantenimiento Ascensores

¿En qué consiste el mantenimiento de un ascensor?

Revisar periódicamente las partes eléctricas y mecánicas del ascensor y en especial las de seguridad siguiendo los parámetros que marca industria.

Operaciones mensuales
  • Cabina
  • Cuartos de máquinas y poleas
  • Techo de cabina y hueco
  • Foso
  • Rellano
Operaciones trimestrales
  • Enero-Abril-Julio-Octubre en cuarto de máquinas y polea
  • Febrero-Mayo-Agosto-Noviembre en techo cabina y hueco
  • Marzo-Junio-Septiembre-Diciembre en foso
  • Rellano
Operaciones semestrales
  • Enero-Julio en Cuarto de máquinas y poleas
  • Abril-Octubre en techo de cabina y hueco
  • Mayo-Noviembre en techo cabina y hueco
  • Junio-Diciembre en foso
  • Rellanombre en foso
  • Rellano
Operaciones anuales 

Enero: Rescatador electromecánico/oleodinámico

Febrero:

  • Salvavidas cabina
  • Alineamiento de guías
  • Oxidación de las puertas de rellano
  • Humedades en hueco y cuarto de máquinas/poleas
  • Rótulos y adhesivos

Plazos Inspecciones

¿Cada cúanto se ha de pasar la inspección al ascensor?

Los plazos de las inspecciones periódicas serán los siguientes:

  • Cada 2 años a los ascensores instalados en edificios insdustriales y lugares de pública concurrencia.
  • Cada 4 años a los ascensores instalados en edificios de más de 20 viviendas o con más de 4 plantas servidas.
  • Cada 6 años a los ascensores instalados en edificios no incluidos en los apartados anteriores.
  • El pasado 22 de Febrero del 2013 entró en vigor la nueva Instrucción Técnica Complementaria AM 1 que resumí a menos de l mitad sus 23 hojas y en la que explico las nuevas normativas que se han de aplicar a los ascensores. Entre ellas está la que obliga a los elevadores que alcancen una velocidad de hasta 0,15 m/s a que pasen revisiones y mantenimiento como los ascensores. Se les concederá un plazo de 6 meses para la homologación de los instalados a partir del 29.12.2009 y de 24 meses para los puestos en marcha entre el 01.07.1999 y el 29.12.2009. Para estos elevadores de hasta 0,15 m/s se establece una revisión cada cuatro meses, que deberá ser realizada por una empresa de mantenimiento o conservadora, e inspecciones periódicas cada 6 años, a cargo de los OCA.

Las inspecciones extraordinarias se realizarán cuando ocurra alguno de los siguientes casos:

  • Un accidente.
  • Cuando se haya realizado una reforma al ascensor (lo suficientemente considerable) como para que por normativa se deba de pasar dicha inspección.
  • Cuando el titular del ascensor cambie de empresa conservadora no siendo de aplicación en todas las comunidades autónomas.

 

Proceso Revisiones

¿Que se le revisa al ascensor en esta inspección?

  1. Inspección en la sala de máquinas
    • Motor o central hidráulica
    • Instalación eléctrica, comprobación del diferencial
    • Comprobación de separación de instalación de fuerza y alumbrado
    • Estado de los cables de suspensión y del limitador de velocidad
    • Estado de la polea tractora, de desvío (si la hubiera) y del limitador de velocidad
    • Presencia de instalaciones que no corresponden. Por ejemplo: antenas, tuberías, etc.
    • Estado de la sala de máquinas
    • Alumbrado de la sala de máquinas, medición de luxes
    • Prueba de final de carrera superior e inferior
    • Prueba del limitador de velocidad
    • Prueba del acuñamiento
    • Prueba de otros dispositivos de seguridad
  2. Inspección en el hueco
    • Comprobación de las puertas de acceso al hueco
    • Correcta apertura y cierre de puertas
    • Estado de las guías
    • Comprobación del contrapeso
    • Amarre de cables a la cabina
    • Alumbrado del hueco, medición de luxes
    • Continuidad eléctrica de los elementos metálicos del hueco
  3. Inspección de la cabina
    • Comprobación del estado de la cabina y puertas
    • Alumbrado de la cabina y de emergencia con su medición de luxes
    • Conexión bidireccional de emergencia
    • Comprobación de placa de identificación con RAE
    • Comprobación de la botonera de revisión.

Depúes de la Inspección

Después de la inspección ¿que debo hacer?

Una vez finalizada la inspección se le entregará a un responsable de la comunidad una copia del acta para que este la firme al igual que han hecho el inspector y el representante de la empresa de mantenimiento y de esta manera las 3 partes implicadas confirman la recepción del correspondiente acta de inspección.

Una vez tengamos nuestra copia del acta de inspección, debemos de esperar el correspondiente presupuesto por parte de la empresa de mantenimiento, si es que en el acta hubiera anotado el inspector anomalías a solucionar o nuevas normativas a aplicar. La empresa de mantenimiento confeccionará el correspondiente presupuesto a razón de lo reseñado en el acta y calculando los plazos que ha dado el inspector, en los cuales se debe subsanar las deficiencias.

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